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Las nuevas reglas para
la
Factura Electrónica
en México
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"Todos los
contribuyentes
(personas físicas o
morales),
podrán seguir
utilizando los
comprobantes
impresos
tradicionales que
hayan sido impresos
hasta el
31 de diciembre
2010" |
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* José Regino Torres Valtierra |
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En los últimos meses, se había venido creando una confusión e
incertidumbre generalizada en torno a la obligatoriedad y
opera- ción de la factura elec- trónica, gracias a que el SAT no
realizó como se esperaba, una campaña a nivel nacional donde
ex- pusiera con peras y man- zanas todo lo relacionado a la misma.
No obstante lo anterior, en septiembre pasado por medio de una rueda de
prensa y en el sitio web del SAT, se informó sobre las nuevas
reglas que ini- ciarán a partir del 1o. de enero 2011.
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De acuerdo con el
Servicio de Administración Tributaria (SAT), estas reglas serán como un “esquema de transición” hacia el uso
generalizado de la factura electrónica (FE) o emisión de
Comprobantes Fiscales Digitales (CFD), de acuerdo con lo
establecido en el Código Fiscal de la Federación (CFF).
Para los que tuvieron ingresos por
más de 4 millones...
Esta modalidad de la factura electrónica o comprobante fiscal
digital
que inició como
opcional por allá en el 2005, ahora a partir del 1o. de enero
del 2011, será obligatoria para todos los
contribuyentes (personas físicas o morales) pero particularmente
para los que tuvieron ingresos por más de 4 millones de pesos en
el año 2009. No obstante, se les permitirá seguir utilizando las
facturas impresas que hayan sido elaboradas por un impresor
autorizado hasta el 31 de diciembre 2010 y éstas podrán
utilizarlas sin importar el monto de la operación hasta el
vencimiento de su vigencia o hasta que se les agoten.
Adicionalmente podrán si lo
requieren, emitir comprobantes impresos con código de barras
bidimensional pero con la limitante de que sólo serán para operaciones cuyos montos no
superen los 2,000 pesos antes del impuestos.
El Comprobante impreso con Código de
Barras Bidimensional...
El comprobante impreso con código de barras bidimensional, es
una factura fiscal normal en papel que no necesariamente deberá imprimirse
en una imprenta, la diferencia es que además de llevar
los datos del emisor o vendedor y los del cliente, los importes de la compra
e impuestos, deberá llevar impreso el código de barras
bidimensional que lo proporciona el SAT, además el número de
aprobación y número de folio asignado por la aplicación SICOFI
en la página del SAT. La impresión de este comprobante podrá
hacerse a través de una impresora de oficina, en un ciber o con cualquier
impresor.
Para los que tuvieron ingresos por
menos o hasta 4 millones...
Para los que declararon ingresos por menos o hasta los 4 millones
de pesos en el 2009, también tendrán la posibilidad de seguir utilizando
las facturas impresas en papel que tengan almacenadas o que
hayan solicitado a su impresor autorizado hasta el 31 de
diciembre 2010 y hasta el término de su vigencia que es de dos
años, es decir, que si solicitaron facturas el 31 de diciembre
2010, podrán seguirlas utilizando hasta el 31 de diciembre 2012
sin importar el monto de la operación,
salvo que se les agoten antes en cuyo caso podrán solicitar al
SAT la autorización para emitir comprobantes en papel con código
de barras bidimensional los cuales podrán ser también por cualquier
monto de la operación o tramitar lo necesario para
iniciar con la factura electrónica.
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