pasaje y
matalotaje a México y se les prestará
alguna cantidad de la hacienda de su Majestad para
ayudar a comenzar y privilegio por
tiempo señalado".
Tales son los espléndidos albores del arte
tipográfico en América. Cuando parece que sólo se
podía pensar en vivir, se pensaba en imprimir, y
cuando podía creerse que no había quienes pudieran
dedicarse a la lectura, por ser tan escasa la población
que entonces existía, se creía "útil y conveniente"
introducir una imprenta e instalar una
fábrica de papel.
Lo que no consta aún con certeza es la fecha en que
funcionó la primera imprenta en México. Lo más
probable es que ya en 1533-1537 existía un modesto
taller, a cuyo frente estaba Esteban Martín, y entre
otras publicaciones salidas de aquellos primitivos
tórculos, encuéntranse en 1535, la Escala Espiritual
que había compuesto San Juan Clímaco y en 1537 la
Doctrina de Toribio de Motolinia y el Catecismo
Mexicano de Juan de Ribas.
Aunque no faltan quienes
consideran falso el dato y establecen como fecha de
la primera imprenta el año de 1539, los
historiadores más autorizados, como Beristayn,
Medina y Torre Revello, consideran como una realidad
histórica innegable la exis- tencia en la capital
mexicana de un taller tipográfico anterior a 1539.
Creemos que históricamente es cierto, que en 1535 o
1536 pasaron a México algunos impresores y
oficiales, entre ellos el mencionado Maestre Esteban
y que en 1535 o 1536, insta- laron el primer taller.
Además de llevar consigo, o
enviar delante de sí al Maestre Esteban, debió el
ilustre y progresista Juan de Zumárraga contratar
por sí mismo, mientras estuvo en España en
1532-1533, o por intermedio de otra persona, la
venida a México de otro célebre impresor domiciliado
en Sevilla. Nos referimos a Juan Cromberger. Éste
jamás cruzó los mares ni trabajó en el Nuevo Mundo,
pero a 12 de junio de 1539 celebró un acuerdo con
Giovanni Paoli, conocido vulgarmente como Juan
Pablos, según el cual debía de trasladarse a México
e instalar aquí un taller tipográfico con los materiales que Cromberger pondría a su disposición. Juan
Pablos trabajaría para sí y para otros, pero todas
las ganancias habrían de ser para Cromberger, a
excepción de un quinto de las mismas que
corresponderían a Juan Pablos.
Si algunos tipos eran ya inservibles, no los podía
donar a otros, sino que los había de fundir a fin de
que otras personas no se valieran de tales tipos.
Añadía, todos los libros habrían de llevar en su pie
de imprenta o colofón, el nombre de Juan Cromberger.
Como el contrato se hizo por diez años, al cabo de
ellos no parece que se renovara y es precisamente
desde 1548 que desaparece el nombre de Cromberger al
pie de los impresos mexicanos y aparece el de Juan
Pablos. Los libros se imprimían "En Casa de Juan
Pablos" hasta 1560, gracias a un "privilegio"
concedido por Carlos V, la Real Cédula expedida en
Talavera a 6 de junio de 1542, por ella estaba
Cromberger autorizado, no sólo a imprimir "libros de
doctrina cristiana", sino también "libros de todas
maneras de ciencias". Podía, asimismo, Cromberger
llevar y vender en la Nueva España cartillas e
impresos de cualquier ciencia y este privilegio era
hereditario en su viuda e hijos, como lo era el de
imprimir.